Diputado Lema presenta proyecto de ley para dar licencia especial a personas con hijos con enfermedades graves

El diputado del Partido Nacional Martín Lema presentó ayer un proyecto de ley para que los trabajadores públicos y privados que tengan hijos con enfermedades graves puedan elegir, de forma unilateral, los días de licencia anual reglamentaria. Además, el texto prevé que estos trabajadores puedan usufructuar 30 días de licencia adicionales, sin goce de sueldo.

El legislador dijo ayer a la diaria que el proyecto está inspirado en la ley Sanna (seguro para el acompañamiento de niños y niñas que padezcan enfermedades graves) de Chile. La ley chilena, promulgada en diciembre de 2017, establece licencias de entre 45 y 90 días, con una prestación económica. Lema dijo que su idea es que la Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados empiece a discutir el proyecto para mejorarlo. “Es una propuesta responsable”, sostuvo, y agregó que el texto propone 30 días de licencia sin goce de sueldo, para que la ley no tenga costos.

El proyecto de ley establece que los días adicionales tendrán como objetivo que las personas puedan “prestarle atención, acompañamiento o cuidado personal a menores de edad que estén sometidos a su patria potestad, tutela, tenencia judicial, o mayores de edad que estén bajo su curatela, afectados en su salud por una enfermedad grave o un accidente grave”. Para hacer efectivo ese derecho, el trabajador deberá presentar un certificado médico que acredite la gravedad de la enfermedad o el accidente, así como una fotocopia de la partida de nacimiento o testimonio de la resolución judicial que otorga la tutela, curatela o tenencia.

“En ningún caso el empleador podrá oponerse al goce de la licencia anual reglamentaria o a la licencia sin goce de sueldo en el momento que elija el trabajador, siempre que se encuentre la justificación requerida”, dice el texto. El trabajador no podrá ser despedido ni sancionado por hacer uso de la licencia; “el empleador sólo podrá despedir al trabajador en caso de notoria mala conducta, o [cuando] demuestre que el despido no esté directa o indirectamente vinculado con el ejercicio de los derechos previstos en la ley”. La propuesta establece también que tras la licencia el empleado deberá retomar sus tareas en el mismo puesto y con las mismas funciones; en el caso de que el empleador proponga un cambio en las condiciones laborales deberá mantener el sueldo, y el trabajador podrá aceptar o no la propuesta, y si no está de acuerdo con los cambios se podrá considerar despedido de manera indirecta, por lo que le corresponderá el pago de una indemnización equivalente a seis meses más el despido común.

El artículo 4º del proyecto dice que será el Poder Ejecutivo, con el asesoramiento del Ministerio de Salud Pública, el que determine las enfermedades graves y los requisitos para calificar de grave un accidente. La lista deberá ser revisada anualmente.

Fuente: La Diaria